45° aniversario de la Constitución de 1979

 

La Constitución de 1979 hubiera cumplido cuarenta y cinco años, si estuviera vigente. En 1984 fue establecido por ley el “Día Nacional de la Constitución” cada 12 de julio.

Al margen de la sentencia del Tribunal Constitucional en 2003 que declaró vigente la cláusula pétrea considerada el “candado democrático” (el artículo 307), la Constitución de 1979 murió con el golpe de estado del 05 de abril de 1992. Por eso podemos evaluarla desapasionadamente como consecuencia del tiempo transcurrido.

La Constitución de 1979 fue hechura de ciertas mentes brillantes de la época como Luis Alberto Sánchez, Andrés Townsend, Carlos Enrique Melgar, Luis Bedoya Reyes, Roberto Ramírez del Villar, Ernesto Alayza Grundy, Mario Polar, Jorge del Prado y Javier Ortiz de Zevallos en la Asamblea Constituyente nacida de comicios libres en 1978 con sufragio universal, igual, directo y secreto. A diferencia de lo que se supone, Víctor Raúl Haya de la Torre, presidente de la Asamblea, no participó en los debates constituyentes. Sin embargo, hasta las mentes brillantes pueden tener ideas equivocadas.

¿La Constitución de 1979 fue mala?. No. Era la plasmación en papel de los postulados ideológicos del APRA, el Partido Popular Cristiano y también de Acción Popular, aunque no estuvo en la Asamblea. A la izquierda radical nunca le gustó. Postulados acordes con la mentalidad política, económica y cultural de entonces. Ciertamente, el mundo estaba cambiando, pero -como a muchos de mi generación nos dijeron- en Perú los cambios ocurren con veinte o treinta años de atraso.

Si la Constitución de 1979 hubiera continuado vigente, ¿habría sido reformada? Probablemente, sí. Esa especie de “bicameralidad semi-perfecta” del Congreso hacía lento el proceso legislativo, nadie entendía qué significaban los “votos válidamente emitidos” para la elección del Presidente de la República, era necesaria una figura jurídica especial para las “medidas extraordinarias” presidenciales (como los decretos de urgencia), el asambleísmo regional era endemoniado, no había referendos o revocatorias de mandato, etc. También permitía libertad de fijar precios o tarifas en el mercado como la imposición de controles de precios, libre circulación de divisas como el establecimiento de control cambiario, nacionalizaciones como privatizaciones, etc. ¿Acaso el ajuste económico de 1990 no fue decretado bajo la Constitución de 1979?.

¿Por qué el recuerdo de la Constitución de 1979 continúa tan presente en el pensamiento político y jurídico? Quizá, porque la idiosincrasia peruana cree más adecuado para nuestra realidad un texto constitucional “reglamentarista” (“¡Dios, líbranos de quienes quieren escribir hasta los horarios de las farmacias en la Constitución!”, habría dicho alguna vez Sánchez), en lugar de una norma más “principista” como el texto original de la Constitución de 1993.

Por eso creo que la inevitable próxima Constitución será una vuelta a un texto parecido a la Constitución de 1979. Ojalá sea una evolución en el constitucionalismo peruano, no un retraso.

 

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