En 2019 el nefasto gobierno de Martín Vizcarra promulgó un decreto de urgencia obligando a farmacias y boticas a contar con un 30% de medicamentos genéricos a disponibilidad para la venta.
Este decreto de urgencia fue promulgado durante el interregno parlamentario: aquel periodo de tiempo desde cuando el "psicópata" que nos desgobernaría treinta meses forzó la disolución de la Cámara para “cargarse” el Congreso el 30 de septiembre de 2019 hasta la instalación del Congreso extraordinario al año siguiente. Según la Constitución de 1993, durante el interregno parlamentario, el Poder Ejecutivo puede legislar como decretos de urgencia, los cuales dará cuenta a la Comisión Permanente, que continúa funcionando, pese a la disolución de la Cámara. Los dictámenes sobre los decretos de urgencia son entregados a la nueva Cámara cuando se instale para que ésta los revise y decida si los aprueba, modifica o deroga.
Durante el interregno parlamentario, el “psicópata” y sus ministros “chiquilicuatres” promulgaron decenas y decenas de decretos de urgencias sobre distintas materias. Hasta hoy ignoro si el Congreso extraordinario revisó todos los decretos de urgencia bajo el interregno parlamentario, más los decretos legislativos promulgados durante 2020. Parece que, desde entonces, al Congreso no le interesa revisar decretos legislativos ni decretos de urgencia.
Recientemente, el mentado decreto de urgencia caducó. Tanto en el Congreso como los medios de comunicación se insistía en la “prórroga”. Quien escribe nunca estuvo de acuerdo con aquella norma, porque es “anti-económica”: eleva los costos operativos de farmacias y boticas y el mayor stock de medicamentos genéricos no ha influido en una disminución de precios. Oferta y demanda. Si los pacientes buscan y prefieren medicamentos “de marca” (habitualmente, prescritos por sus médicos), de nada sirve tener un stock de medicamentos genéricos que no se venderán. Por desgracia, muchos políticos y líderes de opinión pública no entienden las reglas del mercado.
Aunque el Ministro de Salud anunció que se enviaría un proyecto de ley al Congreso para mantener la exigencia del 30% de medicamentos genéricos en stock en farmacias y boticas, finalmente, el Gobierno nacional promulgó otro decreto de urgencia legislando al respecto. ¿Cuál es el problema?. Cuando no hay interregno parlamentario, los decretos de urgencia son normas extraordinarias con fuerza de ley en materia económica y financiera, los cuales deben ser remitidos al Congreso. La Cámara determinará si los aprueba o los deroga. Mejor dicho, el Gobierno nacional ha utilizado una figura legal errónea.
Al margen que la Presidenta de la República, el nuevo Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Salud han violado la Constitución de 1993 (ella lo ha hecho en otras ocasiones) rubricando sus firmas un decreto de urgencia “inconstitucional”, este hecho político revela que en el Gobierno nacional no tienen “ni idea” de qué están haciendo.
Faltan más
de dos años para finalizar el mandato presidencial y así como vamos, el país
está a la deriva.
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