Reforma engañosa ("ESPECIAL")

 

Continúa la euforia de políticos, juristas, periodistas y comentaristas políticos por la bicameralidad recientemente ratificada por el Congreso.

Esta reforma a la Constitución de 1993 tiene una “letra pequeña” que traerá complicaciones y problemas en meses y años venideros. Al margen de lo que sus defensores digan, la bicameralidad no se ha restablecido para mejorar el sistema político sino para beneficiar a los políticos. Por eso “se cargaron” la voluntad popular libremente expresada en el Referéndum de 2018.

El Senado tendrá sesenta integrantes, como mínimo, y la Cámara de Diputados, ciento treinta, también como mínimo. Aunque la reforma constitucional fija números, éstos pueden ser elevados mediante ley. ¡He ahí el primer detalle!. Desde el retorno a la democracia en 2001 ha habido un constante reclamo en los departamentos por una mayor representación parlamentaria. Sabemos que hay distritos electorales “supra-representados” y otros “infra-representados”. Con la reforma constitucional de 2010, que amplió de 120 a 130 los escaños de la Cámara Única, se quiso solucionar -parcialmente- el defecto. Estas demandas por mejor representación quedaron aplacadas, porque el número de escaños estaba fijado en el texto constitucional.

Con la reciente reforma constitucional, esas demandas resurgirían. Departamentos como Arequipa, Cusco, La Libertad o Ica querrían hacer valer su peso demográfico o económico. Otros departamentos no se quedarían atrás. Al mismo tiempo, los escaños para Lima, difícilmente, serían reducidos, porque los políticos que no puedan postular por provincias, siempre pueden hacerlo por Lima. Dudo mucho que la Cámara de Diputados quede en ciento treinta. Probablemente, aumentaría a ciento cuarenta o ciento cincuenta integrantes.

La situación del Senado es más compleja. La reforma constitucional señala que los senadores serían elegidos tanto por distrito electoral nacional o como distrito electoral múltiple, garantizando un escaño mínimo por circunscripción. Teniendo veintisiete distritos electorales, contando sólo un escaño, son veintisiete escaños por departamentos. Los treinta y tres restantes serían los escaños por distrito nacional, que en la práctica equivale a elegir desde Lima. Así como sucedería con los diputados, ¿usted cree que departamentos como Arequipa, Cusco, La Libertad o Ica se conformarían con un senador?, ¿qué pasaría con los demás?. Los escaños nacionales no bajarían, porque si los políticos no pueden hacer campaña en provincias, siempre pueden hacerlo en Lima. Entonces el Senado acabaría teniendo sesenta y cinco o setenta integrantes. Increíblemente, sería más grande que el Senado vigente hasta el golpe de estado del 05 de abril de 1992.

Por todo eso, creo, será “letra muerta” la disposición complementaria en la reforma sobre que el presupuesto parlamentario no excedería el 06% del Presupuesto General de la República.

La reforma restituye una vieja disposición de la Constitución de 1979: los candidatos presidenciales podrán ser, al mismo tiempo, candidatos al Senado o la Cámara de Diputados. Algunas voces alertan que se ha generado un fuerte incentivo para que proliferen las candidaturas presidenciales, cuya finalidad real es conseguir un escaño parlamentario. Por ahora se rumorea que el Alcalde de Lima y el Presidente Regional de La Libertad serían candidatos presidenciales y, al mismo tiempo, senatoriales.

Con este breve análisis, ¿piensa que la bicameralidad se ha restablecido para beneficio del electorado, la ciudadanía?.

 

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Noviembre 1992 / noviembre 2020

Artículos COVID-19 (2020)

Artículos anteriores