Desde hace años una práctica legislativa en el Congreso se ha vuelto constante y, últimamente, iría en aumento: las leyes declarativas.
La Presidenta de la República mencionó las “leyes declarativas” en su Mensaje a la Nación ante el Congreso el 28 de julio. ¿De qué hablamos?. Leyes aprobadas mayoritariamente por la Cámara que siempre comienzan con la frase “declarase de necesidad e interés público” mediante las cuales los congresistas pueden dar rienda suelta a sus febriles deseos populistas.
Por ejemplo, un congresista propone y la Cámara le aprueba una ley que declara de “necesidad e interés público” la construcción de un puente para una lejana carretera. La ley es promulgada por el Poder Ejecutivo o el Presidente de la Cámara si fuese observada y se publica con su numeración en el Boletín de Normas del diario oficial El Peruano. Sin embargo, el puente seguirá sin existir, porque requiere del respectivo expediente técnico y su aprobación por el sistema de inversión pública para desembolsar presupuesto procediendo a convocar el concurso público, recibir propuestas de las empresas postulantes y otorgar la buena pro..., etc. Todo un procedimiento burocrático del Poder Ejecutivo que podría tardar meses o, incluso, un par de años, si no hubiera retrasos o un manifiesto rechazo. Posiblemente, ese puente no llegue a ser construido jamás, pero la buena intención quedó plasmada en ley.
Estas leyes declarativas tienen dos ventajas: primero, no requieren análisis costo-beneficio. Como éstas no cambian la realidad sino “desean cambiarla”, no implicarían gasto público y el beneficio sería el deseo hecho realidad en pocas cifras sueltas. Segundo: el congresista autor puede convertir en “necesidad e interés público” cualquier deseo. Puede haber leyes que declaren de “necesidad e interés público” que no haya pobreza extrema, los niños tengan hogar, regresemos a ensamblar automóviles, abramos centrales nucleares o creemos un programa aeroespacial.
Hace poco tiempo el congresista Alejandro Cavero presentó un proyecto de resolución legislativa para que, en vez de las leyes declarativas, la Cámara apruebe esos deseos de “necesidad e interés público” como mociones de orden del día. No le hicieron caso. Muchos de sus colegas habrán creído es mejor sacar pecho por una ley con numerito que por una moción. No importa que el ordenamiento jurídico se llene con leyes inútiles. ¡Al diablo la simplificación normativa!.
Esta práctica de aprobar leyes declarativas no sólo viola la Constitución de 1993, porque ningún artículo sobre el proceso legislativo menciona la “necesidad e interés público” ni nada parecido y, a veces, la Cámara vota y aprueba sin dictamen de comisión sino son la burla al electorado, una tomadura de pelo. Votamos en comicios parlamentarios para que el Congreso apruebe leyes que impacten en la realidad, no para que sean “palabras llevadas por el viento”.
Sigan así
sus señorías, sigan así. Después no lloren cuando un caudillo pragmático y
astuto utilice la decadencia del Congreso como excusa para alentar un proceso
constituyente.
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