¿El fin (ilícito) justifica los medios (de prensa)?

El Poder Judicial determinó que los llamados “petro-audios” no son medio probatorio de culpa, porque fueron obtenidos ilegalmente.

El escándalo “petro-audios” data del año 2008 y afectó al gobierno de Alan García seriamente, porque fue primer indicio de actos de corrupción en la licitación de pozos petroleros a la petrolera noruega Discovery Petroleum en sociedad con la petrolera estatal PETROPERU. En esos audios se oía al abogado Alberto Quimper, entonces director de la agencia estatal PERUPETRO, y Rómulo León Alegría, diputado y Ministro de Pesquería en la década de 1980, negociando un “faenón” relacionado a una concesión petrolífera.

Todos los domingos el programa político Cuarto Poder de la televisora privada América Televisión difundía un nuevo audio de más conversaciones entre León Alegría y Quimper. Posteriormente, el Ministerio Público acusó a ambos penalmente y recibirían sendas sentencias judiciales condenatorias. Sin embargo, los referidos audios fueron conversaciones telefónicas producto de la “interceptación” ilegal a las líneas realizada por la empresa de seguridad privada Business Track, que después fueron “entregadas” (no se sabe cuánto dinero fue pagado, aunque lo nieguen) a periodistas de investigación de América TV. Lo que el Poder Judicial ha ratificado es que sí eran pruebas ilegalmente obtenidas.

¿Acaso no había tema de “interés público”?, alegan los “justicieros de la información” (que nunca dejan de llenar sus bolsillos) y los abogados irremediablemente “progres”. En realidad, lo que parecía era una conversación íntima entre dos viejos fanfarrones alardeando de sus “contactos” políticos para hacer negocios con el Estado, pero en sí no era delito. Incluso en un audio, León Alegría y Quimper ni siquiera hablaban de negocios sino de que el segundo le “tenía ganas” a una mujer. En cambio, el solo difundir esas conversaciones por la televisión de señal abierta era una violación flagrante del secreto de las telecomunicaciones, protegido por las constituciones de 1979 y 1993.

A partir del caso “petro-audios” se inició un patrón de actuación de muchos periodistas: si hay que delinquir o amparar el delito en nombre del vaporoso “interés público”, se hace sin reparo ético alguno. Por eso el periodista Jaime Bayly difundió -suelto de huesos- el célebre “poto-audio”, donde no se oía ningún delito, pero que favoreció significativamente la elección de la ex ministra de la Mujer, Susana Villarán, como Alcaldesa de Lima en 2010. Por eso hoy avalan el robo de las supuestas agendas personales de la Primera Dama de la Nación para difundirlas, donde tampoco aparecerían delitos cometidos, porque es tema de “interés público”.

De seguro esos metiches y charlatanes que creen hacer “periodismo de investigación” (como la reportera española Anuska Buenaluque) gritarán que es un “atentado contra la libertad de expresión”, dirán que esos jueces “están vendidos” y quizá consigan tirarse abajo la sentencia con presión mediática, pero en sus conciencias saben que el fin NO justifica los medios.

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Noviembre 1992 / noviembre 2020

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