Golpe de régimen


Legicidio, aberración jurídica o jugarreta legislativa es la última decisión del Congreso.

Aprovechando la sesión de la Cámara, donde se debatieron y votaron la reforma constitucional en segunda votación para otorgar automáticamente la nacionalidad peruana a hijos de peruanos nacidos en el extranjero y el proyecto de ley para reemplazar el decreto de urgencia sobre las empresas constructoras de obras públicas involucradas en actos de corrupción, sorpresivamente, se presentó un proyecto de resolución legislativa para modificar varios artículos del Reglamento Interno de la Cámara relacionados con las cuestiones de confianza y las mociones de censura.

Si la Constitución de 1993 no limita la facultad de la Presidenta del Consejo de Ministros para solicitar cuestiones de confianza, esta reforma dice que no podrá hacerlo más para impedir la aprobación de una ley o una moción de censura contra miembros del gabinete ministerial. Además, aunque tampoco impide que un ministro o una ministra de un gabinete censurado o cuya cuestión de confianza haya sido negado volviese a jurar en otro gabinete, la reforma ahora lo prohibiría. En los hechos, el Presidente de la República tendrá mayor dificultad de disolver constitucionalmente la Cámara si ésta ha censurado o negado cuestión de confianza a dos gabinetes. Tampoco habría forma de impedir que la Cámara censure un miembro tras otro del gabinete ministerial.

Esta reforma no una regulación del artículo constitucional ni una “interpretación auténtica”, porque ha sido aprobada como resolución legislativa, no como “ley de desarrollo constitucional”. No hubo dictamen favorable previo ni posibilidad de observancia presidencial, porque es una resolución legislativa aplicable internamente al Congreso. Incluso se ha ido más allá: la reforma de la Constitución de 1993 sin reformarla.

La gran mayoría de abogados constitucionales ha calificado de “inconstitucional” esta resolución. El oficialismo y el Poder Ejecutivo presentarían acción de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional si el Congreso no rectifica. La resolución fue aprobada por el fujimorismo, las dos facciones de izquierda radical y otros partidos políticos. El periodismo ha recogido este hecho como un intento de muchos congresistas por aferrarse al escaño: un deseo funcional a los intereses de quienes también promueven un nuevo pedido de destitución del Presidente de la República por “incapacidad moral permanente” y su reemplazo por el sucesor constitucional.

En lo personal, no había visto algo tan grotesco desde 1991 cuando el Congreso votó y aprobó abrir el sistema pensionario “cédula viva” para incorporar a senadores y diputados. Las televisoras privadas guardan en archivos las imágenes de ellos abrazándose o felicitándose después de aprobar una ley para beneficiarse a sí mismos. Este hecho fue uno de los motivos esgrimidos para justificar el golpe de estado del 05 de abril de 1992.

Para quienes creemos en la democracia y el imperio de la ley este hecho es indignante e inaceptable. Es un golpe al régimen constitucional.


No hay comentarios:

Publicar un comentario

Noviembre 1992 / noviembre 2020

Artículos COVID-19 (2020)

Artículos anteriores